La Comisión Permanente del Congreso debate y vota este lunes -desde las 3 p.m.- el informe final que propone inhabilitar por diez años a la expresidenta del Consejo de Ministros, Betssy Chávez, por su papel en el golpe de Estado perpetrado por Pedro Castillo.
Se trata del informe final de la denuncia constitucional 351 que presentó la congresista Patricia Chirinos que acusa a la exministra castillista de la presunta infracción de los artículos 38, 39 y 45 de la Constitución, el último de los cuales se refiere al presunto delito de rebelión o sedición.
De ser aprobado, este informe deberá ser debatido por el pleno del Congreso, que será la instancia final. La decisión luego es publicada en el Diario Oficial El Peruano.
Betssy Chávez afronta -bajo comparecencia con restricciones, incluido diez meses de impedimento de salida del país – un juicio oral por el presunto delito de rebelión por el golpe de Estado.
La fiscalía pide 25 años de cárcel en su contra.
“Acusar a Betssy Betzabet Chávez Chino, en su condición de expresidenta del Consejo de Ministros, por la presunta infracción a los artículos 38, 39 y 45 de la Constitución Política del Perú, por su activa participación en la ejecución de acciones previas y posteriores, así como durante el inconstitucional e ilegal golpe de Estado, realizado el 7 de diciembre de 2022, por el expresidente José Pedro Castillo Terrones”, reseña la agenda de la Comisión Permanente.
«Propuesta: De acuerdo con lo establecido en el artículo 100 de la Constitución Política del Perú, se imponga la sanción de inhabilitación por diez años para el ejercicio de la función pública, a la expresidenta del Consejo de Ministros, Betssy Betzabet Chávez Chino, por la infracción de los artículos 38, 39 y 45 de la Constitución Política del Estado»
Cuando este informe fue debatido en la Subcomisión de Acusaciones Constitucionales -el 1 de julio- votaron a favor 12 congresistas, 3 se mostraron en contra y 2 en abstención.
Votaron en contra Jorge Coayla (Juntos por el Perú – Voces del Pueblo), Pasión Dávila (Bloque Magisterial) y Edgard Reymundo (Bloque Democrático Popular).
¿Qué dicen los artículos de la Constitución mencionados en el informe fin?
Artículo 38° .- Todos los peruanos tienen el deber de honrar al Perú y de proteger los intereses nacionales, así como de respetar, cumplir y defender la Constitución y el ordenamiento jurídico de la Nación.
Artículo 39° .- Todos los funcionarios y trabajadores públicos están al servicio de la Nación. El Presidente de la República tiene la más alta jerarquía en el servicio a la Nación y, en ese orden, los representantes al Congreso, ministros de Estado, miembros del Tribunal Constitucional y del Consejo de la Magistratura, los magistrados supremos, el Fiscal de la Nación y el Defensor del Pueblo, en igual categoría; y los representantes de organismos descentralizados y alcaldes, de acuerdo a ley.
Artículo 45° .- El poder del Estado emana del pueblo. Quienes lo ejercen lo hacen con las limitaciones y responsabilidades que la Constitución y las leyes establecen. Ninguna persona, organización, Fuerza Armada, Policía Nacional o sector de la población puede arrogarse el ejercicio de ese poder. Hacerlo constituye rebelión o sedición.