La Comisión Permanente del Congreso aprobó en segunda votación la amnistía para miembros de las Fuerzas Armadas, Policía Nacional (PNP) y comités de autodefensa procesados por casos vinculados a la lucha contra el terrorismo entre los años 1980 y 2000.
Por 16 votos a favor, 11 en contra y cero abstenciones, se dio luz verde a la fórmula presentada por la Comisión de Constitución y aprobada por el pleno el pasado 12 de junio en primera votación.
Posteriormente, por 11 votos a favor, 15 en contra y cero abstenciones, la Comisión Permanente rechazó un pedido de reconsideración de la votación final.
El texto sustitutorio precisa que la norma alcanza a quienes encuentren denunciados, investigados o procesados por hechos delictivos derivados u originados con ocasión de su participación en la lucha antiterrorismo en ese periodo de tiempo.
“Los efectos de la presente ley no son aplicables a los denunciados o imputados por terrorismo o por delitos de corrupción de funcionarios, quienes deben ser objeto de los procesos penales correspondientes, de conformidad con las normas pertinentes”, señala.
Se produjo una modificación en la propuesta, precisando que se concederá amnistía de “carácter humanitario” a los adultos mayores de 70 años, miembros de las Fuerzas Armadas y de la PNP, y a los que hayan sido integrantes de los Comités de Autodefensa, que cuenten con sentencia firme con calidad de cosa juzgada o se encuentren en trámite de ejecución de sentencia, con pena privativa de libertad efectiva o suspendida.
El planteamiento anterior señalaba que los beneficiarios serían los mayores de 80 años. De este modo, podrán acogerse a dicho beneficio siempre y cuando no hayan sido condenados por delitos de terrorismo ni corrupción de funcionarios. «Diario El Comercio. Todos los derechos reservados.»