La Comisión de Justicia del Congreso, presidida por el perulibrista Flavio Cruz, alista un peligroso predictamen que busca restringir el trabajo de la prensa.
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La propuesta, promovida por José Elías Ávalos (APP), modifica el artículo 164° del Código Penal sobre la publicación indebida de las comunicaciones.
Originalmente, la iniciativa proponía que se añadiera a la norma la prohibición de las publicaciones de mensajería instantánea (WhatsApp, Telegram y otros aplicativos parecidos) y correos electrónicos no destinados a publicidad y “sin que medie interés público”.

José Elías, de Podemos Perú, autor de la propuesta. (Foto: Congreso)
Sin embargo, durante el debate del miércoles 3 de septiembre, los legisladores acordaron retirar este último requisito e,incluso, endurecer la sanción contra quienes incurran en esta falta estableciendo un pago de 150 días multa.
Especialistas advirtieron a El Comercio que se trata de un texto que busca restringir el trabajo de los periodistas. Añadieron que si esta propuesta avanza derivaría en una ley que solo beneficiaría un grupo reducido de funcionarios públicos, entre ellos los congresistas. Subrayaron que las normas deben hacerse en beneficio de la mayoría de ciudadanos y no para proteger intereses particulares.
En diálogo con El Comercio, el abogado Roberto Pereira, especialista en libertad de expresión; Erick Iriarte, presidente del Tribunal de Ética del Consejo de la Prensa Peruana; y el exviceministro de Justicia Gilmar Andía, advirtieron que la propuesta resulta peligrosa y busca restringir la labor de la prensa.
Cabe resaltar que los chats de WhatsApp y otros aplicativos de mensajería instantánea a los que acceden los medios de comunicación, gracias a diversas fuentes, se han convertido en materia prima para la elaboración de reportajes sobre distintos casos que involucran a funcionarios públicos.
De esta manera, la prensa ha revelado, por ejemplo, el caso conocido como ‘mochasueldo’; la presunta trama de corrupción en el Ministerio Público; la supuesta red criminal liderada por el ministro Juan José Santiváñez en el Mininter; entre otros.
Artículo 164 del Código penal (actual) Texto propuesto originalmente Propuestas de los parlamentarios
Publicación indebida de correspondencia:
El que publica, indebidamente, una correspondencia epistolar o telegráfica, no destinada a la publicidad, aunque le haya sido dirigida, será reprimido, si el hecho causa algún perjuicio a otro, con limitación de días libres de veinte a cincuentidós jornadas. Publicación indebida de las comunicaciones.
El que publica, indebidamente, una correspondencia epistolar,
telegráfica de mensajería instantánea o correo electrónico, no
destinada a la publicidad y sin que medie interés público, aunque le
haya sido dirigida, será reprimido, si el hecho causa algún perjuicio a
otro, con limitación de días libres de veinte a cincuenta y dos jornadas. 1. Que se retire el término “sin que medie interés público”.
2.Que la sanción se endurezca a 150 días multa.
Con el fin de que se reciban sugerencias y modificar el texto, el presidente del grupo de trabajo pasó la propuesta a cuarto intermedio. Además, anunció que el nuevo texto será evaluado en la sesión de este miércoles 10 de septiembre.
Durante el debate del 3 de septiembre, diversos parlamentarios expresaron su fastidio por las investigaciones de los medios de comunicación, en lugar de concentrarse netamente en el artículo que se estaba evaluando. Varios hablaron sobre los delitos de difamación y calumnia, que están contemplados en otros artículos del Código Penal.
Polémico debate
El miércoles 3, la primera legisladora en participar del debate fue Gladys Echaiz (Honor y Democracia), quien consideró que es pertinente retirar del texto el término “sin que medie interés público”. Ello bajo el argumento de que este concepto es abstracto y “abre una caja de pandora”.
“¿Qué cosa es el interés público? Yo puedo considerar como interés público cualquier cosa. Un funcionario público estaría sujeto a que le publiquen todo porque para la sociedad ahora los funcionarios públicos deben dar cuenta de su vida, obra y milagros públicamente. Entonces, el WhatsApp del funcionario es de interés público”, afirmó.
“Me parece que incorporar esto es más bien abrir una caja de pandora. Es peligroso. […] Abre la puerta para que se diga que se publicó porque hay interés público […] Ahí en lugar de proteger estamos abriendo las posibilidades de que se vulnere el secreto de las comunicaciones”, acotó.
Minutos después, Echaiz propuso que también se endurezca la sanción para aquellos que incurran en esta falta al considerar que la difusión de los contenidos “buscan dañar” al funcionario público.
“Cuando se publica una comunicación privada que pertenece al fuero personal, lo que se busca es dañar. Entonces está de por medio el nombre, la honra y la dignidad de la persona que es un derecho fundamental. Sin embargo, aquí la sanción penal es con limitación de días libre de 20 a 52 jornadas. Nada más. ¿Tan poco vale el nombre y la honorabilidad de la persona”, criticó.
Echaiz puso en duda que los jueces apliquen esta sanción. “Esto no está implementado, no cumplen estas penas … ¿Van a barrer las calles y limpiar los parques? Ahí deberíamos pasar a otro tipo de penas que sean mucho más fuertes o que sean multas altas, pecuniaria”, remarcó.

Congresista Gladys Echaíz.
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Alejandro Muñante (Renovación Popular) siguió la línea argumentativa de su colega. “Cuando esto se concrete y luego de un juicio penal se determine que en la publicación de un chat no hubo interés público, ya no tendría sentido porque la sanción que se establece es días libres. No tiene sentido”, expresó.
Para el legislador, “es importante poner un estate quieto” a medios que afectan la intimidad, el honor y la imagen de las personas “publicando alegremente situaciones que pueden incluso hasta afectar a terceros”.
Muñante opinó que la sanción actual por esta falta es “irrisoria” y que estas deficiencias permiten que haya medios que se dediquen todo el tiempo a “difamar”. Mezclando así el concepto de difamación, otro artículo del Código Penal, con el de publicación indebida.
“Una cosa es que te digan que eres un mal congresista y otra que perteneces a una organización criminal. Mientras una persona solicita la rectificación, no lo hacen. Me ha pasado”, dijo.
No obstante, subrayó que – con su sugerencia o comentario – no busca que se restrinja la libertad de prensa y de opinión.
Luego afirmó que existen jueces que a los funcionarios públicos, como los congresistas, los consideran “ciudadanos de segunda clase” y que, a diferencia del “ciudadano común”, los parlamentarios no tienen derecho a defenderse.

Congresista Alejandro Muñante. Foto: Congreso.
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También usó el tiempo del debate para arremeter contra los medios de comunicación, en lugar de hablar sobre el texto propuesto, la parlamentaria Kira Alcarraz (Podemos Perú). “Es vergonzoso que pongan un titular que eres parte de una organización criminal o enriquecimiento ilícito y cualquier apelativo y la población se queda con este título y no lee la letra chiquita”, afirmó.
Alcarraz se refirió también al delito de difamación y habló sobre el concepto de rectificación, cuando esta iniciativa se refiere a la publicación indebida de comunicaciones.
Sin detallar que se estaba refiriendo a la propuesta, señaló que es importante que se imponga una sanción que contemple el pago de una elevada suma de dinero. En todo momento hacía alusión a la figura de difamación.
“Deben aprender a respetar, parece que esto es una letra muerta … La sanción debe ser más dura. Van a decir ahora que estamos buscando taparles la boca, que estamos en contra de la libertad. Estamos a favor de la libertad de expresión, pero con respeto”, puntualizó Alcarraz.

Kira Alcarraz ha sido involucrada en la supuesta contratación irregular de una allegada a Darwin Espinoza. (Foto: Congreso)
/ Congreso de la República / Cesar Cox
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Cruz Mamani precisó que la propuesta de ley también busca proteger a otros funcionarios públicos como gobernadores regionales y que ha sido trasladada a la comisión especial encargada de elaborar un nuevo código penal y comunicó que se retiraría del texto la frase “sin que medie interés público” alegando que “ahora está de moda perseguir al funcionario público”.
“Imagínense, toda información del funcionario público se vuelve pública”, ironizó Cruz.

El congresista Flavio Cruz Mamani (Perú Libre) fue elegido, por unanimidad, presidente de la Comisión de Justicia y Derechos Humanos. Foto: Congreso.
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A su turno, José Elías, autor de la iniciativa, propuso que las personas que incurran en la falta sean sancionados como “mínimo” con 5 UIT. No obstante, Echaiz intervino para señalar que las sanciones económicas a nivel judicial se establecen a nivel días multa y no en UIT. Finalmente, se estableció que se fije la sanción en 150 días multa como mínimo.
También habló sobre el delito de difamación, en lugar de referirse al artículo 164 del Código Penal, la parlamentaria Noelia Herrera (Renovación Popular). Además, se refirió a los deberes de los comunicadores y periodistas.
“Cuando hay una difamación que- entre comillas le llaman información a la población- esa no es información. El deber de un comunicador de un periodista se basa en informar en base a algo que es cierto y no una especulación. La información a la población debe ser veraz […] Hay un abismo entre informar y difamar”, indicó.
Mira aquí el debate:
Advierten peligros
En diálogo con El Comercio, el abogado Roberto Pereira, especialista en libertad de expresión; Erick Iriarte, presidente del Tribunal de Ética del Consejo de la Prensa Peruana; y el exviceministro de Justicia Gilmar Andía, advirtieron que la propuesta resulta peligrosa y busca restringir la labor de la prensa.
Para Pereira, la intención de esta propuesta (con las modificaciones anunciadas) es clara: limitar el trabajo de la prensa.
De aprobarse y prosperar también en el pleno, alertó que se verá a hombres y mujeres de prensa “procesados y lidiando para que la jurisprudencia aplique la excepción de interés público”.
El especialista en libertad de expresión, explicó que se trata de una norma antigua en el Código Penal, que “no ha dado problema” porque la jurisprudencia entendió que cualquiera de los partícipes de una comunicación la podía revelar, siempre que no afectara la intimidad o privacidad.
“También es válida la revelación de comunicaciones cuando concurre un interés público prevalente, siempre que la obtención de la misma no sea ilícita. Por ejemplo, que la fuente haya sido alguien que participó de la comunicación”, agregó.
“Si bien es innecesario porque la jurisprudencia ya equipara ‘epistolar’ a las comunicaciones electrónicas, siempre que precisen que no será delito siempre que medie interés público no me parece complicado. Si excluyen eso sí estamos frente a un grave peligro”, puntualizó.
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En tanto, Iriarte expresó su preocupación por la confusión de conceptos durante el debate, lo cual refleja el verdadero ánimo de la propuesta: restringir la labor de la prensa y controlar contenidos.
En su opinión, durante el debate los legisladores se limitaron a “hacer catarsis” contra los medios de comunicación, sin entrar a discutir la propuesta.
“El enfoque fue que los políticos o funcionarios públicos deben tener una protección diferente o mayor, o no los deben tocar o mostrar sus comunicaciones. ¿Si no se muestran cómo nos enteramos de los temas de corrupción?”, dijo Iriarte.
El representante del CPP resaltó que el reglamento de la Ley de Transparencia ya permite acceder a los correos de funcionarios públicos mediante solicitud formal, con plazos para que el propio funcionario identifique si existe contenido íntimo. Por tanto, considera que no existe un vacío normativo que justifique esta nueva ley.
Además, recordó que tanto el Tribunal Constitucional como la Corte Interamericana de Derechos Humanos han establecido que los políticos deben tolerar un mayor grado de escrutinio. Las normas internacionales también reconocen que el interés público justifica la publicación de información que de otro modo sería privada.
Iriarte alertó que, si el proyecto se aprueba sin la frase “sin que medie interés público”, afectaría la cobertura periodística de casos como ‘mochasueldo’ y recientes denuncias contra integrantes del Poder Ejecutivo.
Agregó que podría haber un riesgo de autocensura. “Si cada vez que vas a revelar un chat de un caso de corrupción vas a estar susceptible a pagos de hasta 30 mil soles y encima pagar abogado […] Entonces lo que buscan es bloquear las investigaciones”, aseveró.
Iriarte resaltó que también se estaría “violando el principio general de que la regulación normativa tiene que hacerse para todos”.
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En tanto, Andía indicó que “en definitiva” se trata de una propuesta que busca evitar que el periodismo pueda revelar aquellos chats que evidencian información de interés público en casos de corrupción.
“Es bastante peligroso y va contra todas las investigaciones periodísticas que se puedan hacer”, expresó.
“Sacando la frase ‘sin que medie interés público’, nada podría ser publicado […] Todavía con el interés público hay una manera de justificar una publicación, pero sin eso, ya no”, concluyó.