El Ejecutivo promulgó este viernes, a través del Diario Oficial El Peruano, la ley que permite el retiro de hasta el 100% de los fondos de la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS), hasta diciembre del 2026.
El dispositivo legal modifica el Decreto Legislativo 650 o Ley de Compensación por Tiempo de Servicios y lleva las firmas de la presidenta de la República, Dina Boluarte y del presidente del Consejo de Ministros, Gustavo Adrianzén.
“Se autoriza, por única vez y hasta el 31 de diciembre del 2026, a los trabajadores, comprendidos en los alcances del Decreto Legislativo 650, Ley de Compensación por Tiempo de Servicios cuyo Texto Único Ordenado fue aprobado por el Decreto Supremo 001-97-TR, a disponer libremente del 100% de los depósitos por Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) efectuados en las entidades financieras y que tengan acumulados a la fecha de disposición», indica la norma.

Retiro de CTS | Composición EC: Agencia Andina
También, la norma publicada modifica el artículo 42 del Decreto Legislativo 650, de modo que “el trabajador podrá efectuar retiros parciales de libre disposición con cargo a su depósito CTS e intereses acumulados siempre que no exceda del 50% de los mismos”.
Indica, además, que el trabajador en caso de ser diagnositicado con enfermedad terminal o cáncer, debidamente acreditados ante el empleador, podrá efectuar – en cualquier momento – el retiro del 100% de su depósito CTS e intereses acumulados. El cálculo se efectúa a la fecha en la que el trabajador solicita dicho retiro total.


¿Qué falta para que pueda retirar la CTS?
Pese a que ya se publicó en el Diario El Peruano la norma que permite el retiro de la CTS, el beneficio laboral que se deposita dos veces al año (mayo y noviembre), aún no se podrá disponer. ¿Por qué?
En un plazo de 10 días calendario, el Ministerio de Trabajo debe publicar el reglamento respectivo. Según el profesor y experto en finanzas de Pacífico Business School, Jorge Carrillo, con la promulgación del MTPE al 19 de mayo, el inicio de los retiros se daría al día siguiente, el 20 de mayo del presente año.
¿Cuándo pagan la CTS a los trabajadores, según ley?
La CTS es un derecho laboral que obtienen todos los trabajadores formales del país y que se entrega en dos ocasiones al año para que puedan utilizarla en caso de urgencias, imprevistos o simplemente como un ahorro. Con respecto al primer depósito, que se realiza en mayo, para el pago se hace un cálculo de los meses de noviembre a abril. Por su parte, para el segundo pago, que se realiza en noviembre, se toman en cuenta los meses de mayo a octubre, por lo que las empresas tendrán como plazo hasta 15 días de los mencionados meses para el depósito; en caso contrario, recibirían una fuerte sanción.
Así se realiza el cálculo de la CTS
El cálculo de la CTS se realiza de la siguiente forma para quienes han trabajado durante todo un periodo completo: CTS = 50% del Sueldo Mensual (sin descuentos) + 1/6 de la Gratificación recibida en el periodo + 1/6 del total de horas extra + Asignación familiar (si aplica).
