El Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) ha implementado cambios en el Reglamento Nacional del Sistema de Emisión de Licencias de Conducir, mediante una publicación en una edición especial de normas legales en el diario oficial El Peruano, el pasado 5 de junio. El decreto supremo N.° 011-2024-MTC modificó el literal A del numeral 19-A.2, del artículo 19-A del reglamento, estableciendo nuevas disposiciones para la revalidación de licencias de conducir.
La emisión de brevetes están bajo la regulación del MTC, entidad que dispones de la autoridad para realizar las modificatorias. Ante ello, los conductores del Perú deben tener en cuenta de los requerimientos aún más quiénes están próximos a revalidar sus licencias de conducir.
¿Cuáles son las modificaciones recientes en el Reglamento de Licencias de Conducir?
¡Atención! Los nuevos requisitos para la revalidación de las licencias de conducir serán las siguientes:
- La persona no deberá estar privado(a) por resolución judicial firme con calidad de cosa juzgada del derecho a conducir vehículos de transporte terrestre.
- Se deberá contar con certificado de salud para licencias de conducir, expedido, aprobado y registrado en el Sistema Nacional de Conductores.
- Para la revalidación de licencias de conducir de la clase A categorías II y III y de la clase B, categoría II-C, no deberán contar con sanciones por infracciones graves o muy graves de los códigos G.01, G.02, G.03, G.04, G.05, G.12, G.18b, G.21, G.27, G.28, G.29, G.32, G.33, G.37, G.39, G.64 y G.65 del Reglamento Nacional de Tránsito, aprobado por Decreto Supremo N.° 033-2001-MTC.
¿Desde cuándo aplica el nuevo Reglamento de Licencias de conducir del MTC?
De acuerdo con lo establecido en el decreto supremo emitido por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) de Perú, se ha fijado un plazo máximo de 30 días calendario, contados a partir de la publicación de dicha norma, para llevar a cabo las modificaciones pertinentes en el Sistema Nacional de Conductores. La presidenta, Dina Boluarte, y el ministro de Transportes y Comunicaciones, Raúl Pérez Reyes, han refrendado este importante documento.
La responsabilidad de efectuar las adecuaciones necesarias en el sistema recae en la Oficina General de Tecnología de la Información, en estrecha coordinación con la Dirección General de Autorizaciones en Transportes. Estas acciones tienen como objetivo garantizar la correcta implementación de las nuevas disposiciones contempladas en la normativa vigente.

¿Qué pasa si no cumplo los requisitos para la revalidación de licencia de conducir?
Los conductores que no cumplan con los requisitos que serán establecidos en próximas normativas no podrán renovar sus licencias de conducir. Por ello, se recomienda estar atentos a las modificaciones pertinentes para evitar inconvenientes con las autoridades.
¿Cuál es la edad máxima para sacar mi licencia de conducir?
Según las normativas del MTC, los ciudadanos peruanos, a partir de los 70 años, deben renovar su licencia cada año, presentando certificados médicos que acrediten su capacidad para conducir. Con esta restricción se garantiza que los conductores de mayor edad puedan seguir manejando, siempre que cumplan con los requisitos médicos correspondientes. Sin embargo, se estableció mediante el Decreto Supremo N.º 007-2016-MTC que se puede obtener y renovar la licencia de conducir hasta los 80 años.
¿Los menores de 18 años pueden sacar licencia de conducir?
Según la normativa establecida por la página oficial del gobierno peruano, las personas menores de 18 años solo pueden obtener su licencia de conducir en situaciones excepcionales, como en el caso de estar casados o poseer un título oficial que les habilite para ejercer su profesión con plena capacidad de derechos civiles. Es importante tener en cuenta estas condiciones para garantizar el cumplimiento de la normativa vigente en materia de conducción vehicular.