El reciente reglamento que reconoce a las billeteras digitales como medio válido para el pago de remuneraciones y beneficios laborales constituye un hito en la modernización del sistema de pagos en el Perú.
La medida permite que las remuneraciones se abonen mediante cuentas de dinero electrónico, siempre que exista acuerdo expreso y libre entre empleador y trabajador y se cumplan los estándares de seguridad, trazabilidad y transparencia establecidos en la normativa vigente.
No obstante, más allá del entusiasmo por la innovación, la norma inaugura también un nuevo ámbito de fiscalización laboral. “No basta con transferir el dinero a una billetera digital. El empleador debe poder acreditar el consentimiento informado del trabajador, verificar que el medio de pago esté autorizado por la SBS y garantizar la trazabilidad del abono. De lo contrario, podría exponerse a contingencias laborales y sanciones administrativas”, explica Jimmy Huatuco, jefe de proyectos de Buk Perú.
Desde una perspectiva de cumplimiento normativo, el principal reto consiste en trasladar los estándares de formalidad propios del sistema bancario tradicional al ecosistema de dinero electrónico. El reglamento establece que las billeteras digitales deben estar vinculadas a cuentas de dinero electrónico supervisadas por la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) y prohíbe que el empleador imponga unilateralmente una plataforma específica.
Guía rápida: lo que permite y lo que prohíbe la nueva norma
Sí está permitido:
-Pagar remuneraciones, gratificaciones y otros beneficios laborales mediante billeteras digitales autorizadas.
-Utilizar este medio tanto en el sector público como en el privado, siempre que exista acuerdo previo entre las partes.
Es importante precisar que el uso de billeteras digitales no sustituye las cuentas bancarias tradicionales: constituye una alternativa voluntaria, orientada especialmente a trabajadores no bancarizados.
“La inclusión financiera no puede lograrse a costa de derechos laborales. La clave es que la tecnología se adapte a la ley, y no al revés”, añade Huatuco.
No está permitido:
-Obligar al trabajador a utilizar una billetera digital específica.
-Omitir el registro y respaldo documental de los pagos efectuados.
-Utilizar plataformas que no se encuentren supervisadas por la SBS.
Errores frecuentes que pueden generar sanciones
Entre los principales riesgos de incumplimiento se identifican:
-No documentar adecuadamente la elección del medio de pago por parte del trabajador.
-No verificar que la billetera digital esté autorizada.
-No integrar estos pagos al sistema de planillas.
-No conservar los comprobantes digitales que acrediten el abono.
Implicancias para la gestión de Recursos Humanos
Desde la gestión organizacional, la posibilidad de pagar haberes mediante billeteras digitales puede favorecer la inclusión financiera y otorgar mayor flexibilidad operativa. Sin embargo, también exige revisar y fortalecer los procesos internos de nómina y cumplimiento normativo.
En ese sentido, los equipos de Recursos Humanos deberán:
-Implementar protocolos para registrar y validar el consentimiento del trabajador respecto del medio de pago.
-Verificar que las billeteras digitales utilizadas estén debidamente supervisadas por la SBS y cumplan los estándares de seguridad exigidos.
-Adecuar los procesos de nómina para garantizar la trazabilidad, registro y conservación de la información vinculada a los pagos realizados por medios digitales.
Marco normativo
La habilitación de las billeteras digitales para el pago de remuneraciones se concreta con la aprobación del Reglamento de la Ley N.° 32413, mediante el Decreto Supremo N.° 011-2026-EF.

