Morir sin testamento no significa que los herederos puedan “repartirse” por acuerdo informal los terrenos o casas del familiar fallecido: según la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (Sunarp), la sucesión intestada es la única vía legal para acceder a esos bienes y evitar disputas.
Ante el aumento de consultas por herencias sin testamento, la Sunarp recordó que, cuando una persona muere sin haber dejado su última voluntad, los familiares solo pueden tomar posesión de inmuebles, vehículos y otros bienes a través del trámite de sucesión intestada, ya sea por vía notarial o judicial. Sin este procedimiento y su inscripción en los registros públicos, los supuestos herederos quedan en un “limbo” legal que les impide vender terrenos, transferir propiedades o gestionar cuentas bancarias del causante, por más que exista un acuerdo verbal dentro de la familia.
La entidad explicó que el proceso se inicia solicitando dos documentos clave: el certificado negativo de testamento y el certificado negativo de sucesión intestada, que acreditan que el fallecido no dejó testamento inscrito ni existe una declaratoria de herederos previa. Solo con esos certificados se puede acudir a un notario o juez para obtener el acta o la sentencia que reconoce oficialmente quiénes son los herederos y en qué proporción les corresponde la herencia, paso obligatorio antes de inscribir la sucesión en la Sunarp.
Sunarp remarcó que los llamados “herederos forzosos” —cónyuge, hijos y, en su defecto, padres— tienen prioridad en la distribución de la herencia; otros parientes, como hermanos, sobrinos o nietos, solo heredan si no existen herederos forzosos, conforme al orden establecido en el Código Civil. Registrar la sucesión intestada protege el patrimonio familiar frente a la informalidad, bloquea intentos de apropiación indebida y reduce el riesgo de conflictos entre ramas de la familia que, en muchos casos, terminan judicializando la disputa por terrenos, casas o negocios.
La superintendencia también destacó la posibilidad de realizar gran parte del proceso a través del Sistema de Intermediación Digital (SID-Sunarp), que permite a notarios enviar partes electrónicos y a los usuarios seguir en línea el avance de sus trámites, sin necesidad de acudir físicamente a las oficinas. Con ello, la institución busca fomentar una cultura de seguridad jurídica y animar a las familias a formalizar la herencia a tiempo, antes de que los desacuerdos por “los terrenos de la abuela” se conviertan en pleitos costosos e irreversibles.

