Indecopi recordó que las instituciones educativas privadas están prohibidas de impedir que los estudiantes rindan sus evaluaciones finales por falta de pago de pensiones. La medida busca garantizar la continuidad del servicio educativo ante el adelanto del cierre del año escolar 2026.
El Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi) recordó que los colegios privados no pueden condicionar la participación de los estudiantes en sus evaluaciones finales al pago de pensiones escolares pendientes.
El pronunciamiento, realizado el lunes 12 de octubre, se produce después de que el Ministerio de Educación anunciara el adelanto de la culminación del año escolar 2026 en diferentes regiones del país, como medida preventiva ante la posible llegada del fenómeno El Niño.
La institución precisó que los derechos educativos de los estudiantes deben mantenerse independientemente de las obligaciones económicas que sus padres o representantes legales tengan con los centros de enseñanza.
De acuerdo con la Ley de los Centros Educativos Privados, las instituciones no pueden restringir la asistencia a clases, impedir evaluaciones, negar la entrega de libretas de notas ni condicionar la atención de reclamos al pago de pensiones u otros conceptos asociados al servicio educativo.
EL DERECHO A LA EDUCACIÓN NO DEPENDE DE LAS DEUDAS
Indecopi explicó que los alumnos tienen derecho a participar en todas las evaluaciones programadas durante el año lectivo, incluso cuando sus familias registren retrasos en el cumplimiento de los compromisos económicos.
La normativa establece procedimientos específicos para que los colegios gestionen el cobro de las pensiones pendientes, pero prohíbe adoptar decisiones que afecten directamente la prestación del servicio educativo.
De esta manera, los centros escolares deberán garantizar que los estudiantes culminen las actividades académicas y reciban sus evaluaciones correspondientes, sin ser utilizados como mecanismos de presión para obtener pagos atrasados.
La disposición también impide que las instituciones educativas recurran a prácticas de cobranza que puedan afectar la dignidad, privacidad o integridad emocional de los menores.
COLEGIOS DEBEN INFORMAR SUS CONDICIONES ECONÓMICAS
El organismo regulador señaló que las instituciones privadas tienen la obligación de comunicar de manera clara, suficiente, oportuna y por escrito las condiciones económicas y académicas bajo las cuales ofrecen sus servicios.
Esta información debe comprender el calendario escolar, los sistemas de evaluación, las pensiones mensuales y las demás obligaciones establecidas en el contrato educativo.
La finalidad es garantizar que los padres de familia conozcan anticipadamente las condiciones del servicio y puedan adoptar decisiones informadas sobre la educación de sus hijos.
Indecopi también recordó que las instituciones pueden retener los certificados correspondientes a los grados de estudios no pagados, siempre que esa posibilidad haya sido comunicada a las familias conforme a las exigencias legales. Esta facultad no comprende las libretas de notas.
MATRÍCULA 2027 DEBERÁ INFORMARSE CON ANTICIPACIÓN
De cara al próximo año escolar, los colegios privados deberán comunicar por escrito los montos y las condiciones económicas correspondientes a 2027.
La información tendrá que entregarse con una anticipación mínima de 30 días calendario antes de finalizar el presente año lectivo.
Entre los datos obligatorios figuran el costo de la matrícula, las fechas de pago, el importe de las pensiones mensuales y las condiciones aplicables a la prestación del servicio.
Asimismo, Indecopi precisó que los colegios pueden decidir no renovar la matrícula de estudiantes cuyos padres incumplan las obligaciones económicas previamente pactadas, siempre que esta posibilidad haya sido informada oportunamente y se cumplan los requisitos establecidos por la normativa.
Esta disposición permite a las instituciones gestionar su sostenibilidad económica sin comprometer el derecho de los alumnos a culminar el periodo académico en curso.
PADRES PUEDEN PRESENTAR RECLAMOS
Ante posibles incumplimientos, las familias pueden solicitar el Libro de Reclamaciones de la institución educativa y presentar una queja formal.
También tienen la posibilidad de acudir directamente a Indecopi mediante sus oficinas regionales, los canales de atención telefónica o los servicios de reclamación virtual.
La autoridad de protección al consumidor puede iniciar procedimientos administrativos y aplicar las sanciones correspondientes cuando se comprueben infracciones a la normativa.
De hecho, en agosto de 2026, Indecopi confirmó una sanción contra el promotor de un colegio privado de Huánuco por impedir que un estudiante rindiera una evaluación debido a deudas de pensiones, entre otras infracciones.
PROTECCIÓN DE LOS ESTUDIANTES ANTE EL CIERRE ESCOLAR
El pronunciamiento adquiere especial importancia ante las modificaciones del calendario académico anunciadas como parte de las acciones preventivas frente al fenómeno El Niño.
La reducción de los plazos para culminar las actividades escolares exige que las instituciones educativas organicen adecuadamente sus evaluaciones y comuniquen oportunamente cualquier modificación.
Con estas precisiones, Indecopi busca evitar que los conflictos económicos entre colegios y familias se trasladen a los estudiantes, garantizando que puedan completar sus evaluaciones y acceder a la información sobre su rendimiento académico.

